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Página 4 - Miércoles 15 de Diciembre de 2021




                                       NOTIFICACIÓN. 2° Juzgado de Letras de San Fernando, Rol C-  en cuanto a la petición relativa a fijar nuevo día y hora para tal

          ASESOR DE SALUD              251-2020,   caratulados   “ITAÚ   CORPBANCA   con   AGRICOLA   cometido,   estese   a   lo   que   se   resolverá.   Al   primer   otrosí,   Para
         MYRIAM GONZALEZ               AGUAS CLARAS”, por resolución de 29 de noviembre 2021, ha   proveer,   ofíciese   al   Servicio   de   Impuestos   Internos,   y   vía
                                       ordenado notificar por avisos demanda, proveído,  rectificación y
                                                                                                interconexión, a Tesorería General de la República, a fin de que
                 ALISTE                demás   resoluciones   pertinentes.   Itaú   Corpbanca   demandó   informen el domicilio que la demandada, Agrícola Aguas Claras
          Si tu Isapre no llena tus    liquidación forzosa de Agrícola Aguas Claras Limitada, giro cultivo   Limitada,   rut   77.829.460-5,   registra   en   dichas   instituciones;   y
               expectativas,           frutas, representada por Francisco Ilabaca Vacarezza. Señala que   asimismo,   ofíciese   vía   interconexión,   al   Departamento   de
           si quieres mayores o        de conformidad artículo 117 N°3 Ley 20.720, y documentos que   Extranjería de PDI, para que informe sobre las entradas y salidas
           mejores beneficios,         acompaña, solicita declarar liquidación forzosa de empresa deudora   del país de representante legal de demandada, Francisco Javier
                contáctame.            Agrícola Aguas Claras Limitada, en razón de fundamentos de hecho   Ilabaca Vacarezza, run 7.033.119-5. Cumplido lo anterior, vista al
            Móvil: 981564347           y derecho: Señala que demandada es una empresa deudora de   defensor público. Al segundo otrosí: Atendido a que los documentos
                 Correo:               conformidad   a   definición   legal,   esto   es   “toda   persona   jurídica   referidos constan en el expediente, no ha lugar. En cuanto al oficio
         [email protected]
                                       privada,   con   o   sin   fines   de   lucro,   y   toda   persona   natural   dirigido   al   Servicio   de   Impuestos   Internos   se   autoriza   su
                                       contribuyente de primera categoría o del número 2) del artículo 42   diligenciamiento   personal   al   interesado”.   Con   fecha   29   de
             PSICÓLOGA                 del decreto ley Nº 824. Asimismo, deudora adeuda a banco importe   noviembre de 2021, se resuelve: “En cuanto a la solicitud de nueva
               CLÍNICA                 de 3 pagarés: a) Pagaré Nº00000431, suscrito el 2 de junio de   fecha para la celebración de la audiencia inicial, como se pide, se
          LORENA VENEGAS               2017, por $400.900.000.- de capital. Sobre el capital adeudado, las   fija como nuevo día y hora para tal efecto el 19 de enero de 2022, a
               PAREDES                 partes acordaron un interés mensual de 0,60%. El capital y los   las 10:00 horas. Se advierte que la audiencia antes referida se
              Psicoterapia             intereses se pagarían en 8 cuotas anuales, iguales y sucesivas, por   celebrará   de   manera   remota   por   videoconferencia   mediante   la
              con enfoque              la suma de $69.400.000.- cada una de ellas, salvo la última, que   plataforma zoom con las partes que se conecten al link respectivo, a
               Cognitivo               sería por la suma de $69.274.398.- Deudora dejó de pagar cuota   menos que justifiquen impedimento. Para tales efectos, deberán
              Conductual               con vencimiento mes de septiembre de 2019, por lo que saldo   presentar un escrito, por medio de la Oficina Judicial Virtual, hasta
               orientada               adeudado es de $369.986.400.- b) Pagaré Ex Corp Nº52161398   antes de 12:00 horas del día anterior a realización de audiencia. Se
            a adolescentes             ITAÚ 0208995557, suscrito 9 de mayo de 2016, por $20.000.000.-   indica   a   partes,   que   deberán   proporcionar   correos   electrónicos,
                                                                                                        cumpliéndose la hipótesis prevista en el art. 54 del CPC, notifíquese
                y adultos              por concepto de capital, con 14 de octubre 2019, por lo que saldo   hasta el día anterior de la realización del comparendo de estilo, para
                                                                                                        la   demanda,   su   proveído,   rectificaciones   y   demás   resoluciones
                                                                                      cumpliéndose la hipótesis prevista en el art. 54 del CPC, notifíquese
                                                                                                        pertinentes a la demandada, Agrícola Aguas Claras Limitada, Rut
            +56 9 915 717 31           adeudado   asciende   a   $20.000.000.-.   c)   Pagaré   Nº57518154,   efectos de enviar link de conexión, el que se remitirá por el Tribunal
                                                                                      la   demanda,   su   proveído,   rectificaciones   y   demás   resoluciones
                                                                                                        77.829.460-5,   representada   por   don   Francisco   Javier   Ilabaca
         [email protected]     suscrito   14   de   octubre   2019,   por   la   suma   de   $9.473.646.-   por   con una antelación de 15 minutos de la hora señalada, a fin de
                                                                                      pertinentes a la demandada, Agrícola Aguas Claras Limitada, Rut
                                                                                                        Vacarezza,   mediante   avisos   redactados   en   extractos   por   la
                                       capital, con vencimiento el 15 de octubre de 2019. Modificada la   XXXQXHYXNQ  efectuar las pruebas técnicas pertinentes. En cuanto a la solicitud   XXXQXHYXNQ
                                                                                      77.829.460-5,   representada   por   don   Francisco   Javier   Ilabaca
                                                                                                        Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por cuatro
                                       demanda, se invoca como causal el artículo 117 de Ley N° 20.720   de   notificación   por   avisos,  de  conformidad   art.   6  Ley  20.720   y
                                                                                      Vacarezza,   mediante   avisos   redactados   en   extractos   por   la
               EMPRESA                                                                                  veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por
                                                                                      Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por cuatro
             AGRICOLA DE              “…. Cualquier acreedor podrá demandar el inicio del Procedimiento   cumpliéndose la hipótesis prevista en el art. 54 del CPC, notifíquese
                                                                                                        una sola vez en el Diario Oficial, lo que deberá cumplirse con a lo
           SAN FERNANDO               Concursal   de   Liquidación   de   una   Empresa   Deudora   en   los   la   demanda,   su   proveído,   rectificaciones   y   demás   resoluciones
                                                                                      veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por
                                                                                                        menos cinco días de antelación a la audiencia fijada. Dicho plazo
                                      siguientes   casos:   3)   Cuando   la   Empresa   Deudora   o   sus   pertinentes a la demandada, Agrícola Aguas Claras Limitada, Rut
                                                                                      una sola vez en el Diario Oficial, lo que deberá cumplirse con a lo
               NECESITA
                                                                                                        deberá ser de días completos, conforme lo dispone el artículo 48 del
             CONTRATAR                administradores no sean habidos, y hayan  dejado  cerradas sus   77.829.460-5,   representada   por   don   Francisco   Javier   Ilabaca
                                                                                      menos cinco días de antelación a la audiencia fijada. Dicho plazo
                                                                                                        Código Civil. Asimismo, publíquese en el Boletín Concursal”. Lo que
           ADMINISTRATIVO             oficinas o establecimientos  sin haber  nombrado  mandatario  con   Vacarezza,   mediante   avisos   redactados   en   extractos   por   la
                                                                                      deberá ser de días completos, conforme lo dispone el artículo 48 del
            CON ESTUDIOS              facultades suficientes para dar cumplimiento a sus obligaciones y   Secretaría del tribunal o quien la Subrogue. Publíquese por cuatro
                                                                                                        notifico a  Agrícola Aguas Claras Limitada, para todos los efectos
                                                                                      Código Civil. Asimismo, publíquese en el Boletín Concursal”. Lo que
              CONTABLES               contestar   nuevas   demandas   [...]”.   Consta   del   proceso,   que   se   veces consecutivas en el Diario Sexta Región de esta ciudad y por
                                                                                                        legales. El Secretario. San Fernando, 07 de Diciembre de 2021.-
                                                                                      notifico a  Agrícola Aguas Claras Limitada, para todos los efectos
           LLAMAR AL FONO             realizaron   diversas   búsquedas   por   ministro   de   fe,   en   todos   los   una sola vez en el Diario Oficial, lo que deberá cumplirse con a lo
                                                                                      legales. El Secretario. San Fernando, 07 de Diciembre de 2021.-
               9 98877281         7 dic.- h.- 7 ene.- 2133  domicilios conocidos de la empresa deudora y su representante,   menos cinco días de antelación a la audiencia fijada. Dicho plazo
             Disponibilidad                                                                                            ________________________
                inmediata             siendo   imposible   dar   con   su   paradero   ni   con   el   lugar   en   que   deberá ser de días completos, conforme lo dispone el artículo 48 del
                                                                                                             Diario Sexta Región (4)
                                                                                                                                           Diario Oficial (1)
                                      desarrolla su negocio. Lo anterior, configura a causal denominada   Código Civil. Asimismo, publíquese en el Boletín Concursal”. Lo que
                                                                                                     ________________________
                                                                                                notifico a  Agrícola Aguas Claras Limitada, para todos los efectos
                                      de “fuga del deudor”, pues que se cumplen los requisitos de (i)  Diario Sexta Región (4)  Diario Oficial (1)
                                      Empresa deudora no es habida en ninguno de los domicilios que   legales. El Secretario. San Fernando, 07 de Diciembre de 2021.-
                                      ella   misma   declaró   ni   en   los   que   aparecen   registrados   en
                                      instituciones   públicas,   y   (ii)   Cierre   de   sus   oficinas   o                                         14-15-16-17-211213205-06-07-08
                                      establecimientos.   Lo   anterior   se   ve   reforzado   al   consultar   la   ________________________
           FRANCISCO                  cartografía digital del Servicio de Impuestos Internos y contrastarlo   Diario Sexta Región (4)  Diario Oficial (1)
            BECERRA                   con Google Maps, en donde se puede observar con claridad la
                                      certeza de los hechos certificados por receptor judicial actuante, en
                                      que no existe instalación alguna en el lugar que dé cuenta que
                                      empresa deudora tenga al menos una sucursal o establecimiento,
                                      sino que efectivamente corresponde a predios de siembras, sin                                                             XXXQXHYXNQ
                                      instalaciones ni oficinas donde practicar notificación alguna y menos                                   XXXQXHYXNQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser
                                      que  sea  explotado de acuerdo  al  giro  de  la sociedad. El  8 de                                      validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la
            Empastes                  octubre de 2021, se provee “A lo principal: Téngase por rectificada   Ximena Luz Guzman Torres  Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser
                                                                                                                                               causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora
                                                                                                                                               visualizada corresponde al horario de verano establecido en
                                                                                                                                               Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de
                                                                                                                                               Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más
                                                                                                                             validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la
                                                                                               Fecha: 07/12/2021 15:20:27
                                                                                                                                               información consulte http://www.horaoficial.cl
                                                                                                                             causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora
             de libros,               la   solicitud   de   liquidación   forzosa   en   los   términos   señalados.         visualizada corresponde al horario de verano establecido en
                                                                                                                             Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de
                                                                             Ximena Luz Guzman Torres
                                                                                                                             Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más
                                      Notifíquese conjuntamente con demanda original y su proveído; y
                                                                             Fecha: 07/12/2021 15:20:27
                                                                                                                             información consulte http://www.horaoficial.cl
           tesis, otros               publíquese   la   rectificación   en   el   boletín   concursal.   Atendido   lo   XXXQXHYXNQ                     XXXQXHYXNQ
                                      resuelto, déjese sin efecto la citación a audiencia inicial de folio 80 y
                                                                                                                                      Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser
                                                                                                                                      validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la
                                                                                                                                      causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora
                                                                                                                                      visualizada corresponde al horario de verano establecido en
                                                                                      Ximena Luz Guzman Torres
                                                                                                                                      Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de
                              REVISE TODOS LOS AVISOS LEGALES EN                                                                      información consulte http://www.horaoficial.cl
                                                                                                                                      Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más
                                                                                      Fecha: 07/12/2021 15:20:27
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