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Página 8 - Martes 12 de Diciembre de 2023

          17 colegios de Rancagua acreditados



                              como promotores de salud
























                      EXTRACTO



 Por resolución del Juez del Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo,
 dictada en autos Rol V-31-2023, sobre organización de comunidad de
 aguas,  caratulados  “COMITE DE  AGUA POTABLE RURAL EL
 HUIQUE”,  se cita  a  comparendo,  conforme  a  lo  dispuesto  en  artículo
 188  del  Código  de  Aguas, a la  totalidad de los  comuneros  titulares  y
 usuarios de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas y a
 todos  los  interesados en  la  conformación  de  la  Comunidad  de Aguas
 Subterráneas  del  Sector Hidrogeológico  de Aprovechamiento Común
 TINGUIRIRICA INFERIOR, a la audiencia del próximo 22 de diciembre
 de  2023, a las  10:00 horas,  a fin  de declarar  la existencia  de  esta
 organización  de  usuarios  de aguas,  determinar  las captaciones que
 deben quedar sometidas a  su  jurisdicción, sus dotaciones y  forma en
 que han de participar en distribución de las aguas, aprobar los estatutos
 y  elegir  el primer  directorio provisorio  que  deberá  administrar  la
 Comunidad de Aguas hasta la primera junta general de comuneros. El
 tribunal podrá autorizar  comparecencia remota por videoconferencia  a
 las partes que así lo soliciten conforme al artículo 77 bis del Código de
 Procedimiento Civil.  Demás antecedentes  en expediente señalado.  El
 Ministro de Fe.




                                    EXTRACTO

 Myriam Joanna Saavedra Verdugo
 Secretario                                 EXTRACTO

 PJUD    Por resolución del Juez del Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo,

 Cuatro de diciembre de dos mil veintitrés  dictada en autos Rol V-31-2023, sobre organización de comunidad de
 15:51 UTC-3
         aguas,  caratulados  “COMITE DE  AGUA POTABLE RURAL EL
                      Por resolución del Juez del Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo,
         HUIQUE”,  se cita  a  comparendo,  conforme  a  lo  dispuesto  en  artículo
                      dictada en autos Rol V-31-2023, sobre organización de comunidad de
         188  del  Código  de  Aguas, a la  totalidad de los  comuneros  titulares  y
                      aguas,  caratulados  “COMITE DE  AGUA POTABLE RURAL EL
                      HUIQUE”,  se cita  a  comparendo,  conforme  a  lo  dispuesto  en  artículo
         usuarios de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas y a
                      188  del  Código  de  Aguas, a la  totalidad de los  comuneros  titulares  y
         todos  los  interesados en  la  conformación  de  la  Comunidad  de Aguas
                      usuarios de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas y a
         Subterráneas  del  Sector Hidrogeológico  de Aprovechamiento Común
                      todos  los  interesados en  la  conformación  de  la  Comunidad  de Aguas
                      Subterráneas  del  Sector Hidrogeológico  de Aprovechamiento Común
         TINGUIRIRICA INFERIOR, a la audiencia del próximo 22 de diciembre
                      TINGUIRIRICA INFERIOR, a la audiencia del próximo 22 de diciembre
         de  2023, a las  10:00 horas,  a fin  de declarar  la existencia  de  esta
                      de  2023, a las  10:00 horas,  a fin  de declarar  la existencia  de  esta
         organización  de  usuarios  de aguas,  determinar  las captaciones que
                      organización  de  usuarios  de aguas,  determinar  las captaciones que
         deben quedar sometidas a  su  jurisdicción, sus dotaciones y  forma en
                      deben quedar sometidas a  su  jurisdicción, sus dotaciones y  forma en
         que han de participar en distribución de las aguas, aprobar los estatutos
                      que han de participar en distribución de las aguas, aprobar los estatutos
                      y  elegir  el primer  directorio provisorio  que  deberá  administrar  la
         y  elegir  el primer  directorio provisorio  que  deberá  administrar  la
                      Comunidad de Aguas hasta la primera junta general de comuneros. El
         Comunidad de Aguas hasta la primera junta general de comuneros. El
                      tribunal podrá autorizar  comparecencia remota por videoconferencia  a
         tribunal podrá autorizar  comparecencia remota por videoconferencia  a
                      las partes que así lo soliciten conforme al artículo 77 bis del Código de
         las partes que así lo soliciten conforme al artículo 77 bis del Código de  El
                      Procedimiento Civil.  Demás antecedentes  en expediente señalado.
                      Ministro de Fe.
         Procedimiento Civil.  Demás antecedentes  en expediente señalado.  El
         Ministro de Fe.




            Myriam Joanna Saavedra Verdugo
            Secretario
            PJUD                                                             231206301-02-03
            Cuatro de diciembre de dos mil veintitrés
 Myriam Joanna Saavedra Verdugo
            15:51 UTC-3
 Secretario
 PJUD
 Cuatro de diciembre de dos mil veintitrés       Este documento tiene firma electrónica
 15:51 UTC-3
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