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Martes 19 de Marzo de 2024 - Página 7

               Deportes Santa Cruz fue derrotado



            por Recoleta y cortó su racha invicta









































                                                                                            EXTRACTO

                                                                   2º Juzgado Civil de Rancagua, Rol V-161-2023, AVENDAÑO/AVENDAÑO concedida

                                                                   posesión efectiva testada de bienes quedada al fallecimiento de  JUAN BAUTISTA
                                                                   AVENDAÑO ASTORGA, cédula de identidad N°4.730.297-8, a favor de su cónyuge
                                                                   MARÍA TERESA CARMONA ACEVEDO, cédula nacional de identidad N°6.761.048-2;
                                                                   y de sus hijos; doña MARÍA CAROLINA AVENDAÑO CARMONA, divorciada, cédula
                                                                                                 EXTRACTO
            O’Higgins perdió                                       de identidad N°11.365.841-k, JUAN DEL TRANSITO AVENDAÑO CARMONA, casado,

                    ante la “U”                                    cédula  de  identidad  N°11.890.783-3,  MARCELA  ANTONIETA  AVENDAÑO
                                                                      2º Juzgado Civil de Rancagua, Rol V-161-2023, AVENDAÑO/AVENDAÑO concedida
                                                                   CARMONA, casada, cédula de identidad N°12.293.894-8, IRIS EUGENIA AVENDAÑO
                                                                      posesión efectiva testada de bienes quedada al fallecimiento de  JUAN BAUTISTA
          y cede posiciones                                        CARMONA,  casada,  cédula  de  identidad  N°12.693.253-7,  todos  en  calidad  de
                                                                                                  EXTRACTO
                                                                      AVENDAÑO ASTORGA, cédula de identidad N°4.730.297-8, a favor de su cónyuge
                                                                   herederos testamentarias a título universal, a
                                                                                                          cada una conforme a la asignación
                                                                      MARÍA TERESA CARMONA ACEVEDO, cédula nacional de identidad N°6.761.048-2;
          en el campeonato                                         establecida en la cláusula quinta del testamento otorgado por Escritura Pública ante
                                                                             2º Juzgado Civil de Rancagua, Rol V-161-2023, AVENDAÑO/AVENDAÑO concedida
                                                                      y de sus hijos; doña MARÍA CAROLINA AVENDAÑO CARMONA, divorciada, cédula
                                                                             posesión efectiva testada de bienes quedada al fallecimiento de  JUAN BAUTISTA
                                                                   el Notario Público Daniel V. Mondaca Pedrero, de la Quinta Notaria de Rancagua, con
                                                                      de identidad N°11.365.841-k, JUAN DEL TRANSITO AVENDAÑO CARMONA, casado,
                                                                             AVENDAÑO ASTORGA, cédula de identidad N°4.730.297-8, a favor de su cónyuge
                                                                   fecha 19 de agosto del año 2016, número de repertorio 2121-2016, sin perjuicio de
                                                                             MARÍA TERESA CARMONA ACEVEDO, cédula nacional de identidad N°6.761.048-2;
                                                                      cédula  de  identidad  N°11.890.783-3,  MARCELA  ANTONIETA  AVENDAÑO
                                                                   lo dispuesto en la cláusula sexta y séptima del testamento singularizado, en cuya
                                                                             y de sus hijos; doña MARÍA CAROLINA AVENDAÑO CARMONA, divorciada, cédula
                                                                      CARMONA, casada, cédula de identidad N°12.293.894-8, IRIS EUGENIA AVENDAÑO
                                                                   virtud consta asignación a título singular, con cargo a la cuarta de libre disposición y
                                                                             de identidad N°11.365.841-k, JUAN DEL TRANSITO AVENDAÑO CARMONA, casado,
                                                                      CARMONA,  casada,  cédula  de  identidad  N°12.693.253-7,  todos  en  calidad  de
                                                                   cuarta libre de mejora, esto es, legado a favor de doña de doña  MARÍA TERESA
                                                                             cédula  de  identidad  N°11.890.783-3,  MARCELA  ANTONIETA  AVENDAÑO
                                                                      herederos testamentarias a título universal, a cada una conforme a la  asignación
                                                                             CARMONA, casada, cédula de identidad N°12.293.894-8, IRIS EUGENIA AVENDAÑO
                                                                   CARMONA ACEVEDO, cédula nacional de identidad N°6.761.048-2.
                                                                             CARMONA,  casada,  cédula  de  identidad  N°12.693.253-7,  todos  en  calidad  de
                                                                      establecida en la cláusula quinta del testamento otorgado por Escritura Pública ante
                                                                             herederos testamentarias a título universal, a cada una conforme a la asignación
                                                                      el Notario Público Daniel V. Mondaca Pedrero, de la Quinta Notaria de Rancagua, con
                                                                                                                         La Secretaria.
                                                                             establecida en la cláusula quinta del testamento otorgado por Escritura Pública ante
                                                                      fecha 19 de agosto del año 2016, número de repertorio 2121-2016, sin perjuicio de
                                                                             el Notario Público Daniel V. Mondaca Pedrero, de la Quinta Notaria de Rancagua, con
                                                                      lo dispuesto en la cláusula sexta y séptima del testamento singularizado, en cuya
                                                                             fecha 19 de agosto del año 2016, número de repertorio 2121-2016, sin perjuicio de
                                                          JORGE GERMÁN DEL TRÁNSITO ORÓSTICA
                                                          VILLAGRÁN   virtud consta asignación a título singular, con cargo a la cuarta de libre disposición y
                                                          Secretario         lo dispuesto en la cláusula sexta y séptima del testamento singularizado, en cuya
                                                                             virtud consta asignación a título singular, con cargo a la cuarta de libre disposición y
                                                          PJUD        cuarta libre de mejora, esto es, legado a favor de doña de doña  MARÍA TERESA
                                                          Once de marzo de dos mil veinticuatro
                                                          10:16 UTC-3        cuarta libre de mejora, esto es, legado a favor de doña de doña  MARÍA TERESA
                                                                      CARMONA ACEVEDO, cédula nacional de identidad N°6.761.048-2.
                                                                             CARMONA ACEVEDO, cédula nacional de identidad N°6.761.048-2.


                                                                                                                               La Secretaria.
                                                                                                                           La Secretaria.          19-20-21-240318301-02-03
                                                                     JORGE GERMÁN DEL TRÁNSITO ORÓSTICA
                                                             JORGE GERMÁN DEL TRÁNSITO ORÓSTICA
                                                                     VILLAGRÁN
                                                             VILLAGRÁN
                                                                     Secretario
                                                                                                                         Este documento tiene firma electrónica
                                                             Secretario PJUD
                                                                                                                         y su original puede ser validado en
                                                             PJUD    Once de marzo de dos mil veinticuatro               http://verificadoc.pjud.cl
                                                                     10:16 UTC-3
                                                             Once de marzo de dos mil veinticuatro                       Código: RWDVXMYXVQG
                                                             10:16 UTC-3
                                                                                                                            Este documento tiene firma electrónica
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                                                                                                                            Código: RWDVXMYXVQG
                                                                                                                               Este documento tiene firma electrónica
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                                                                                                                               Código: RWDVXMYXVQG
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